miércoles, noviembre 08, 2006

CONCEJAL CARLO ZANETTI PIDE SALIDA DE ADMINISTRADOR MUNICIPAL

“Administrador Municipal fue encontrado culpable por la Contraloría General de la República y Alcalde Quiñones disminuyo sanciones propuestas”

Autoridad Comunal no descartó llevar tema a Tribunales

El Concejal de Purén, Carlo Zanetti, expresó su preocupación por la decisión adoptada por el Alcalde de Purén, tras disminuir la sanción de destitución propuesta por la Contralora General Subrogante, Noemí Rojas, en contra del actual Administrador Municipal y ex Secretario Municipal Luis Rival, quien fue encontrado culpable de “acoso sexual” y “acoso laboral”, en contra de funcionarias de ese municipio. Y de paso pidió al Alcalde Quiñones que pida la renuncia al funcionario cuestionado, pues las funciones que desarrolla son de exclusiva confianza del edil purenino.

Según Zanetti, la postura del Alcalde es contradictoria y débil, “en la practica el alcalde no solo le resta validez a una investigación llevada por la contraloría, no ha defendido a las funcionarias que fueron acosadas por el Sr. Rival y desconoce la existencia de un Código de Buenas Practicas Laborales, como de instructivos presidenciales de este Gobierno y del anterior, de erradicar de la Administración Pública a quienes tienen estas deleznables actitudes”

“la decisión del Alcalde, es una mala señal, pues quien garantiza que no seguirán las actitudes de esta persona, toda vez que la propia investigación constató que es un padrón de conducta que el Administrador Municipal incurrió en similares practicas en la Municipalidad de Nueva Imperial, donde se desempeñó anteriormente” agregó el Concejal.

El Concejal UDI, enfatizo que toda conducta de acoso sexual y de acoso laboral no pueden ser ni permitidas ni toleradas al interior de la administración pública y debe garantizarse un ambiente libre de hostigamientos y respeto a la dignidad de los funcionarios y funcionarias. “Las conductas de acoso sexual y laboral en el trabajo constituyen una práctica reprochable, violatoria de derechos fundamentales de las personas, entre otros el no ser víctimas de tratamiento abusivo en el medio laboral y el de la autodeterminación sexual de mujeres y hombres"

“Además, el acoso sexual contraviene la observancia cabal del principio de probidad en el ejercicio de la función pública, consagrado por el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que exige de las autoridades y funcionarios el desempeño de una conducta intachable, con entrega leal y honesta a los requerimientos de la respectiva función o cargo”

en ese escenario, existe la posibilidad que el Alcalde le pida la renuncia al Administrador Municipal, pues es un cargo de exclusiva confianza, sería la forma de corregir el tremendo error en que esta incurriendo por presiones políticas y lealtades personales mal entendidas”, agrego Zanetti.
Finalmente el Concejal no descartó presentar los antecedentes a los Tribunales para perseguir judicialmente las responsabilidades que aparezcan tanto del Administrador Municipal y eventualmente del propio Alcalde.